• ¿Quiénes deben realizarlo?
    Todas las personas y empresas que cuenten con un negocio comercial en su domicilio o en algún lugar establecido.

  • ¿Cuándo debo realizarlo?
    Es de obligación de todas las personas y empresas que cuenten con un negocio el realizar su contrato para la prestación de recolección de residuos sólidos urbanos no peligrosos con la empresa concesionada en la zona antes o durante de su inicio de actividades.

  • ¿Cuál es la vigencia del resolutivo que obtiene?
    La vigencia del documento para realizar trámites será de un año a partir de la firma de este; no obstante, el servicio se continuará prestando mientras el comercio esté en operaciones y no sufra alguna modificación la concesión publicada por el H. Ayuntamiento de Mérida. Será obligación de todas las personas y empresas solicitar su contrato actualizado a la concesionaria correspondiente al aproximarse la conclusión de la vigencia del documento. Contrato

  • ¿Qué beneficio se obtiene con este trámite o servicio?
    Cumplir con las disposiciones fiscales municipales y evitar infracciones.

  1. Comprobante domiciliar (no mayor a tres meses)

  2. CIF en caso de requerir facturas (no mayor a tres meses)

  3. INE del propietario o del arrendatario.

  4. Documento que acredite el contrato de arrendamiento (en caso de aplicar)

  5. Folio catastral

  6. Correo electrónico y dos números telefónicos.

  7. Foto de la fachada del comercio.

  8. Ubicación GPS (Link Google Maps)

  • ¿De qué formas puedo pagar?

    El pago de su servicio podrá realizarlo de las siguientes maneras

    1. Efectivo.
    2. Transferencia.
    3. Cheque.
    4. Tarjeta de Débito / Crédito.
    5. Pago en línea
    6. Pago presencial, en las siguientes sucursales:
      • Oficinas Ciclo Ambiental
      • Módulos Sana
      • Corbase
      • Kanasín
      • Ventanilla bancaria

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¿Qué debo considerar al realizarse el trámite?


  1. Verificar que el predio no cuente con adeudo domiciliar o comercial con la empresa concesionada encargada del servicio al adquirir o rentar en ese inmueble.

  2. Contar con un punto de servicio señalado en la vía pública cuando la generación sea menor a 5 tambores de 200L por día de servicio; de lo contrario, el usuario deberá contar con un contenedor para el almacenamiento temporal de sus residuos y un libre acceso. La unidad recolectora podrá ingresar en las instalaciones únicamente para hacer la recolección de residuos cuando la generación sea mayor de 5 tambores de 200L y se cumpla un acceso libre, pise firme y carta de solicitud de permiso y liberación de responsabilidades.

  3. Los tiempos de resolución a este trámite son de 3 a 5 días hábiles en línea y 30 a 45 minutos de forma presencial con cita programada; será indispensable cumplir con todos los requisitos descritos para poder cumplir con los tiempos mencionados.